Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0889/2020-S3
Fecha: 30-Nov-2020
II.1.
II.1. La Fiscal de Materia adscrita a la División de Aduanas e Hidrocarburos de Oruro, Marina Portillo Llanque, mediante memorial presentado el 28 de junio de 2018 presentó ante el Juez de Instrucción Penal Segundo de la Capital del departamento de Oruro, Resolución de Rechazo de Querella dentro del proceso seguido por el Ministerio Público a querella de Oscar Daniel Arancibia Bracamonte contra Alfredo Leoncio Camacho Effen, por la supuesta comisión del delito de falsificación de documento aduanero (fs. 109 a 110).
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2. Derechos, garantía y principio supuestamente vulnerados
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- III.1. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público
- exista apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsibles para decidir;
- es necesario que la parte procesal, que se considera agraviada con los resultados de la valoración
- Fragmento 10
- es imprescindible también, que el recurrente señale en qué medida, en lo conducente, dicha valoración cuestionada de irrazonable de inequitativa o que no llegó a practicarse, no obstante haber sido oportunamente solicitada, tiene incidencia en la Resolución final; por cuanto, no toda irregularidad u omisión procesal en materia de prueba
- Fragmento 12
- iii)
- precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución,
- i)
- ii)
- iv)
- v)
- REVOCAR en parte