AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2020-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2020-O

Fecha: 18-Dic-2020

“5to.”

Ahora bien, referente al peligro de obstaculización previsto en el         art. 235.2 del CPP, en el punto “5to.”, los Vocales demandados refieren que la defensa del imputado denunció como agravio que no se habría dado cumplimiento a la SCP “1301 del sistema de protección”; no obstante del análisis del Auto Interlocutorio 321/2019, emitido por la Jueza de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Cuarta de la Capital del departamento de La Paz, determinó que dicho riesgo procesal seguía latente debido a que Wilber Escobar Chávez, dependiente del encausado, no habría prestado su declaración, así como tampoco los testigos David Villca Ordoñez, Luisa Mamani Velásquez, Virginia Sosa Pinto, Fernando Peredo ni Hernando Quiroz, por lo que el imputado podía influenciar en sus atestaciones.