SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0764/2020-S2
Fecha: 02-Dic-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso en sus vertientes de fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones; a la tutela judicial efectiva, a la petición y a la reparación del daño; por cuanto, en ejecución de fallos de su demanda de reparación de daño causado e indemnización, que formalizó a raíz de una sentencia penal condenatoria a querella suya, pretendió se proceda con los actos preparatorios al remate del lote de terreno de Josefina Elsa Mújica Calderón de Cori; sin embargo, se dictó el Auto de 11 de mayo de 2018, estableciendo que el estado de indivisión del mencionado inmueble hacía inviable llevar adelante dicha subasta, contra esa decisión, planteó recurso de apelación; a lo que, los Vocales demandados emitieron el Auto de Vista 75/2019 de 24 de abril, sin analizar su agravio referido a que, el art. 517 del CPCabrg. admitía el remate de acciones y derechos; y, la mencionada ejecución no podía suspenderse; además, los arts. 400.I y 427.IV del CPC establecen la posibilidad de rematar acciones y derechos, pero no la de expedir mandamiento de desapoderamiento; implicando que, previamente al remate realice un proceso ordinario de división y partición.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- Fragmento 13
- III.2. La motivación, fundamentación y congruencia de las resoluciones como elementos configuradores del debido proceso
- III.3.
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- nula
- CONFIRMAR en parte
- 1° CONCEDER en parte