Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0778/2020-S2
Fecha: 09-Dic-2020
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
Víctor Luis Guaqui Condori y Rosario Verónica Sánchez Sánchez Vocales de la Sala Civil Segunda y Tercera ambos del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, según el informe emitido por la Secretaria de la Sala Constitucional Primera del mencionado Tribunal, las autoridades demandadas habrían presentado informe, empero este no consta en los antecedentes remitidos a este Tribunal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el debido proceso y su configuración
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 11
- Notificadas las partes con el auto de concesión la o el recurrente deberá proveer el importe de los gastos de remisión del expediente en el plazo máximo de quince días, bajo pena de declararse, de oficio, la caducidad del recurso y la ejecutoria del auto de vista recurrido
- CONFIRMAR