SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0830/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0830/2020-S4

Fecha: 15-Dic-2020

y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones

           En concordancia con las mencionadas normas constitucionales, el art. 115.II de la citada Ley Fundamental, determina: “El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones” (las negrillas nos pertenecen); de donde se puede colegir, que la administración de justicia debe ser rápida y eficaz tanto en la tramitación como en la resolución de las causas, ya que las personas que intervienen en el proceso esperan una definición oportuna de su situación jurídica.