SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0840/2020-S3
Fecha: 04-Dic-2020
Fragmento 2
En el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra su persona, por la presunta comisión del delito de violación, previsto y sancionado por el art. 308 del Código Penal (CP), se encontraba detenido preventivamente desde el 2019 en el Pabellón PC-4 (régimen abierto) del Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola”; sin embargo, el 8 de abril de 2020, con el argumento que supuestamente tenía en su poder un teléfono celular, fue conducido de manera abusiva y arbitraria a una celda de castigo del PC-2 denominado “el bote”, sin la debida notificación con la Resolución Administrativa emitida por el Director ahora accionado, para que a través de su abogado realice la impugnación correspondiente.
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 10
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- Fragmento 12
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- REVOCAR