AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2020-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2020-O

Fecha: 18-Feb-2020

II.8.

II.8.    Por memorial presentado el 21 de diciembre de 2016, el hoy activante interpuso recurso de apelación contra la RA 47/2016, haciendo conocer en su otrosí segundo que en la actualidad es padre de un hijo en gestación solicitando que cualquier determinación sancionatoria sea suspendida hasta que el menor cumpla un año de edad (fs. 186 a 189), impugnación que mereció la Resolución 040/2017 de 26 de enero, dictada por el Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana, declarando improbado el recurso de apelación interpuesto por el hoy denunciante, y en el fondo confirmó la Resolución de primera instancia -47/2016-, disponiendo que por el Comando General de la Policía Boliviana se proceda a la ejecución diferida de la sanción disciplinaria, hasta que el menor de edad, cumpla un año de edad en observancia “…del art. 48-IV y los Arts. 2 y 3…” (sic) del Decreto Supremo 0012 de 19 de Febrero de 2009 (fs. 509 a 519).