AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2020-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2020-O

Fecha: 18-Feb-2020

II.2.

II.2.  A través de Auto de Vista 012/2019 de 20 de septiembre, Miguel Gustavo Agreda Mendivil, René Gil Alba Camacho y José Alfredo Soria, miembros de la Sala de Apelaciones y Consulta del Tribunal Supremo de Justicia Militar, resolvieron, en el marco de los razonamientos expuestos en la SCP 0872/2018-S4, excluir el delito de homicidio culposo a Erick Avelardo Chambi Flores y se mantenga y prosiga el proceso penal militar por los demás ilícitos que figuran en la Orden de Procesamiento, radicado en el Tribunal de Primera Instancia, por los cuales fue imputado el procesado, abandono de servicio, suspensión de viaje, agravante, transporte arbitrario y arribo a puerto no fijado, siendo los mismos delitos de función que se encuentran amparados por el art. 180.III de la Constitución Política del Estado (CPE), y sentencias constitucionales plurinacionales, ordenando la consecución de la tramitación del proceso en la jurisdicción militar por los delitos descritos (con la excepción citada), conjuntamente con el coprocesado José Luis Calle Paucara; posteriormente, proceder a la devolución del expediente al Tribunal Permanente de Justicia Militar (fs. 33 a 36 vta.).