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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2020-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2020-S1

    Fecha: 17-Mar-2020

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    • acción de libertad
    • a)
    • 1)
    • I.1.3. Petitorio
    • i)
    • concede en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 11
    • III.1.  La fundamentación y motivación de las resoluciones y el principio de congruencia como elementos de la garantía del debido proceso
    • Fragmento 13
    • arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: 1) Sin motivación, cuando la resolución no da razones que la sustenten; 2) Con motivación arbitraria, cuando se basa en fundamentos y consideraciones meramente retóricas o deviene de la valoración arbitraria, irrazonable de la prueba, o en su caso, de la omisión en la valoración de la prueba aportada en el proceso; 3) Con motivación insuficiente, cuando no se da razones de la omisión de pronunciamiento sobre los planteamientos de las partes; y, 4) Por la falta de coherencia del fallo, se da: 4.a) En su dimensión interna, cuando no existe relación entre las premisas -normativa y fáctica- y la conclusión -por tanto-
    • SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
    • relevancia constitucional
    • III.2.
    • SCP 0014/2018-S2
    • fundamentación suficiente
    • SC 0782/2005-R de 13 de julio
    • Fragmento 21
    • III.3. Prohibición de fundar la detención preventiva en meras suposiciones
    • lo que finalmente pone en evidencia que la trata    de personas constituye un delito con una fuerte connotación de género
    • La dignidad y la libertad de la persona son inviolables. Respetarlas y protegerlas es deber primordial del Estado
    • En el Sistema Internacional de Protección de Derechos Humanos
    • En el Sistema Regional de Protección de Derechos Humanos
    • Que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona y que comprende, entre otros, violación, abuso sexual, tortura, trata de personas, prostitución forzada, secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo, así como en instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar
    • procedimientos legales justos y eficaces para la mujer que haya sido sometida a violencia
    • Medidas de protección
    • II.
    • iii)   Respeto por sus Decisiones
    • principio de trato digno
    • prohibición de revictimización de quienes hubieran sido sometidos a trata y tráfico
    • al respeto de las decisiones de la víctima, aspecto que deriva de la disposición constitucional contenida en el art. 121.II de la CPE
    • III.5. Sobre el riesgo procesal de fuga de peligro efectivo para la víctima o el denunciante en delitos relacionados a violencia contra la mujer
    • peligro efectivo para la víctima o el denunciante.
    • la situación de vulnerabilidad o desventaja, en la que se encuentre la víctima o denunciante respecto al imputado;
    • para evitar la revictimización de la mujer
    • son ellas las que, en el marco del art. 35 de la Ley 348, tiene el derecho de solicitar las medidas de protección pertinentes
    • la situación de vulnerabilidad o de desventaja en la que se encuentren la víctima o denunciante respecto al imputado
    • la solicitud de garantías personales o garantías mutuas por parte del imputado, como medida destinada a desvirtuar el peligro de fuga previsto en el art. 234.7 del CPP, se constituye en una medida revictimizadora, que desnaturaliza la protección que el Estado debe brindar a las víctimas; pues, en todo caso, es ella y no el imputado, la que tiene el derecho, en el marco del art. 35 de la Ley 348, de exigir las medidas de protección que garanticen sus derechos.
    • III.6.
    • CONFIRMAR en parte
    • 1º    CONCEDER totalmente
    • CORRESPONDE A LA SCP 0026/2020-S1 (viene de la pág. 28).
    • el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
    • c)
    • Antes (en la investigación) y durante el proceso judicial, se debe evitar el contacto directo entre la víctima de trata y el supuesto tratante,

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