SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2020-S1

Fecha: 17-Mar-2020

Antes (en la investigación) y durante el proceso judicial, se debe evitar el contacto directo entre la víctima de trata y el supuesto tratante,

[24]Dentro del Título: Criterios Básicos para la Atención Integral a Víctimas de Trata y Tráfico, en el acápite 3.3.1, inc. e) capitulado: La victima en el proceso penal, indicó: “Antes (en la investigación) y durante el proceso judicial, se debe evitar el contacto directo entre la víctima de trata y el supuesto tratante, además se debe procurar la asistencia legal necesaria en lenguaje claro y si fuere posible en el idioma de la víctima” (las negrillas son añadidas).