SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2020-S1

Fecha: 17-Mar-2020

la situación de vulnerabilidad o desventaja, en la que se encuentre la víctima o denunciante respecto al imputado;

Conforme a dicho entendimiento, el peligro efectivo para la víctima o el denunciante debe ser un peligro materialmente verificable, lo que supone la existencia de elementos comprobables respecto a la situación concreta de las víctimas. De acuerdo a ello, en el marco de las normas internacionales y nacionales glosadas en el anterior Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo constitucional, y desde una perspectiva de género, en los casos de violencia contra las mujeres, corresponderá que la autoridad fiscal y judicial, considere la situación de vulnerabilidad o desventaja, en la que se encuentre la víctima o denunciante respecto al imputado;  las características del delito, cuya autoría se atribuye al imputado; y, la conducta exterioriza por este, contra la víctima o denunciante, antes y con prosperidad a la comisión del delito, para determinar si la misma puso y pone en evidencia riesgo de vulneración, los derechos, tanto de la víctima como del denunciante29.