SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2020-S2

Fecha: 17-Mar-2020

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante a través de su representante denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso en sus vertientes de motivación y fundamentación, a la defensa, a la impugnación, a la dignidad, a la igualdad y al trabajo, por cuanto dentro del proceso de Convocatoria Pública a examen de suficiencia para postulantes a Despachantes de Aduana al que se presentó, el Tribunal Examinador demandado le inhabilitó, exigiéndole la exhibición de título académico a nivel de licenciatura o como mínimo en técnico superior; no obstante que, el Comité Ejecutivo de la Universidad Boliviana no otorga “títulos” sino grados y diplomas, y que acreditó su profesión con la “…Licencia PROFESIONAL de Despachante de Aduana…” (sic); asimismo, no le respondieron a su nota de 17 de octubre de 2018 ni se recibió el escrito que preparó contra la Lista Completa y Definitiva de Postulantes Habilitados para rendir dicho examen de suficiencia.