SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2020-S1

Fecha: 17-Mar-2020

II.3.

II.3.  De acuerdo al acta de audiencia de modificación de medidas cautelares de 24 de julio de 2019, estando ausente el Ministerio Público, así como la acusación particular, habiendo la defensa del hoy peticionante de tutela, solicitado que la fianza sea de Bs1 000.- (un mil bolivianos), en vez de Bs30 000.-, el Tribunal a quo, mediante Resolución 15/2019, dispuso la modificación de la medida sustitutiva consistente en la fianza de Bs30 000.-, por la presentación de dos garantes solventes que tengan bienes registrados a su nombre en DD.RR., debiendo dichos garantes afianzar con el bien presentado hasta Bs15 000.-; asimismo, se dispuso que se notifique al Ministerio Público y al acusador particular con la referida decisión. Seguidamente, la defensa del impetrante de tutela, en base al art. 251 del CPP, interpuso recurso de apelación, solicitando que se remitan obrados al Tribunal ad quem, dentro del plazo de veinticuatro horas, bajo alternativa de plantear acción constitucional. En respuesta a ello, la Jueza demandada dispuso que se remitan obrados ante la Sala correspondiente de conformidad a la norma referida (fs. 30 a 33).