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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2020-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2020-S3

    Fecha: 12-Mar-2020

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    • acción de cumplimiento
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • activar la justicia constitucional en defensa de la Constitución Política del Estado y de las normas jurídicas,
    • ante la omisión en el cumplimiento de un deber claro, expreso y exigible, que puede estar directa o indirectamente vinculado a la lesión de derechos fundamentales o garantías constitucionales, corresponde la presentación de la acción de cumplimiento
    • La acción de cumplimiento no busca el cumplimiento formal de un acto normativo constitucional y/o legal, sino el cumplimiento de su finalidad,
    • Fragmento 21
    • Fragmento 22
    • III.3. La acción de cumplimiento no tutela el derecho de petición, ni ningún derecho subjetivo
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • i)
    • Debe existir una solicitud expresa y clara en la cual el accionante recuerde al servidor público su deber de cumplimiento de la norma, y ante la renuencia (tácita o expresa) recién se activa la jurisdicción constitucional, aspecto diferente a la subsidiariedad
    • REVOCAR

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