Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2020-S3
Fecha: 18-Mar-2020
II.3.
II.3. Cursa Acta Notarial de Verificación realizada por el Notario de Fe Pública 30 de La Paz, por la cual se hace conocer que el 13 de junio de 2019, se apersonó conjuntamente con el abogado y apoderado del accionante en dependencias de la Dirección Jurídica del Estado Mayor, con el objeto de recabar respuesta de la solicitud de fotocopias legalizadas presentada por el accionante el 23 de mayo de igual año; lugar donde se informó que la documentación aún no se encontraba lista, como tampoco las certificaciones solicitadas, y que no había una fecha para su entrega (fs. 8).
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- obtención de respuesta formal y pronta
- Fragmento 11
- cuando la autoridad judicial, administrativa o funcionario público, no responde de manera fundamentada en el plazo que fija la ley o en un tiempo razonable, ya sea en sentido positivo o negativo
- c) La prontitud y oportunidad de la respuesta
- III.2.
- CONFIRMAR