SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0102/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0102/2020-S3

Fecha: 17-Mar-2020

a)

La accionante a través de su abogado, en audiencia ratificó el contenido íntegro de su memorial de acción de libertad, y ampliándolo, manifestó que: a) Fue trasladada innecesariamente a Sucre y se apersonó al Tribunal Supremo de Justicia donde no sabían de la ejecución del AS 2/2012, ya que desconocían hasta el número del cuaderno e incluso el Comandante de la Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL) llamó la atención al funcionario policial que la trasladó sin disposición ministerial u orden policial; por lo que ese mismo día, regresó a Yacuiba y se ejecutó su detención preventiva; b) No se consideró el trámite previsto en el art. 149 del Código de Procedimiento Penal (CPP) con relación a la extradición ni el Tratado suscrito con la República de Argentina, incumpliendo el plazo señalado de cuarenta y cinco días; y, c) Se debe tomar en cuenta que es una persona de la tercera edad y que padece de enfermedades.