Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0102/2020-S3
Fecha: 17-Mar-2020
II.9.
II.9. Consta memorial presentado el 25 de noviembre de 2019, por la hoy accionante ante los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, pidiendo que de acuerdo al art. 20 del Tratado de Extradición suscrito entre la República de Argentina y el Estado Plurinacional de Bolivia, al cumplirse el plazo de cuarenta y cinco días de detención preventiva sin que dicha República haya formalizado la solicitud de extradición, se ordene su libertad (fs. 14 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y
- a)
- I.2.3. Participación del tercero interviniente
- 1)
- denegó
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la legitimación pasiva en la acción de libertad
- que la acción sea dirigida contra la autoridad, funcionario o persona que cometió el acto ilegal u omisión indebida que atenta contra el derecho a la libertad, o a la vida, ya sea a través de una persecución, procesamiento o detención ilegales o indebidas
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- CONFIRMAR