Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0105/2020-s3
Fecha: 16-Mar-2020
III.3. Análisis del caso concreto
Conforme se tiene precisado ut supra, el accionante denuncia dos actos lesivos, el primero referido a que la Jueza demandada, en suplencia legal, hasta el momento de interposición de esta acción tutelar no resolvió la excepción de prescripción que interpuso; y, el segundo acto lesivo radica en que, la nombrada autoridad sin tomar en cuenta que estaba pendiente de resolución la excepción en cuestión, convocó a audiencia de aplicación de medidas cautelares en su contra y ante su incomparecencia lo declaró rebelde ordenando la emisión de mandamiento de aprehensión. En el contexto referido, amerita resolver cada uno de los supuestos actos lesivos denunciados de forma separada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- APLICACIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES Y POSTERIOR DECLARATORIA DE REBELDÍA
- CONFIRMAR