Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0087/2020-RCA
Fecha: 23-Jun-2020
deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previsto en el referido art. 33 del CPCo,
garantías al momento de admitir la acción deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previsto en el referido art. 33 del CPCo, y ante su incumplimiento dispondrá su subsanación en el plazo de tres días o a partir de su notificación, en caso de que se haya cumplido el plazo y la observación efectuada no sea subsanada, se tendrá por no presentada la acción”.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- por no presentada
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previsto en el referido art. 33 del CPCo,
- Fragmento 9
- II.3. Análisis del caso concreto
- AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE PENSIONES Y SEGUROS APS, DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
- 2° Disponer