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    AUTO CONSTITUCIONAL 0096/2020-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0096/2020-RCA

    Fecha: 30-Jul-2020

    II.1.  Marco normativo constitucional y legal

    El art. 128 de la CPE, establece que: “La Acción de Amparo Constitucional tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley”.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • improcedencia
    • 1)
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
    • Fragmento 7
    • puesto que, conforme se vio, como simple opinión técnica-jurídica no constituye
    • Fragmento 9
    • Fragmento 10
    • la determinaciones de fondo asumidas en plena vigencia de un debido proceso administrativo en un proceso de auditoría gubernamental, no pueden ser impugnadas en la vía constitucional, correspondiendo su tramitación a la vía ordinaria mediante un
    • una vez activada, es una instancia idónea de tutela a derechos fundamentales
    • CONFIRMAR

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