El suscrito Magistrado expresa su disidencia con la SCP 0321/2020-S3 de 22 de julio, que revoca la Resolución 01/2020 de 7 de enero, pronunciada por la Jueza Pública de Familia Primera de Tupiza del departamento de Potosí, constituida en Jueza de gar
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado expresa su disidencia con la SCP 0321/2020-S3 de 22 de julio, que revoca la Resolución 01/2020 de 7 de enero, pronunciada por la Jueza Pública de Familia Primera de Tupiza del departamento de Potosí, constituida en Jueza de gar

Fecha: 22-Jul-2020

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En consecuencia, correspondía determinar en revisión, si los extremos denunciados eran evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada; a cuyo efecto, la SCP 0321/2020-S3, debió desarrollar los siguientes temas: 1) El derecho a la tutela judicial efectiva como elemento del debido proceso; 2) La eficacia jurídica de los fallos ejecutoriados pasados en autoridad de cosa juzgada; y, 3) Análisis del caso concreto.

  CONCEDER la tutela solicitada con relación al derecho al debido proceso en su elemento de la tutela judicial efectiva vinculado a la seguridad jurídica, exhortando al Juez Público Civil y Comercial Segundo de Tupiza del departamento de Potosí, a respetar y garantizar los derechos de las partes en ejecución de sentencia.