El suscrito Magistrado expresa su disidencia con la SCP 0321/2020-S3 de 22 de julio, que revoca la Resolución 01/2020 de 7 de enero, pronunciada por la Jueza Pública de Familia Primera de Tupiza del departamento de Potosí, constituida en Jueza de gar
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado expresa su disidencia con la SCP 0321/2020-S3 de 22 de julio, que revoca la Resolución 01/2020 de 7 de enero, pronunciada por la Jueza Pública de Familia Primera de Tupiza del departamento de Potosí, constituida en Jueza de gar

Fecha: 22-Jul-2020

confirmar

El suscrito Magistrado expresa su disidencia con la SCP 0321/2020-S3 de 22 de julio, que revoca la Resolución 01/2020 de 7 de enero, pronunciada por la Jueza Pública de Familia Primera de Tupiza del departamento de Potosí, constituida en Jueza de garantías, y deniega la tutela solicitada, con la aclaración de no haber ingresado al análisis de fondo del asunto, asumiendo la existencia de hechos controvertidos; sin embargo, correspondía ingresar a efectuar dicho análisis de la problemática planteada y confirmar la mencionada Resolución concediendo la tutela solicitada, con base en los siguientes fundamentos jurídicos y términos dispositivos:

Consiguientemente, a criterio del suscrito Magistrado, la Jueza de garantías, al conceder la tutela solicitada, obró de manera parcialmente correcta; por consiguiente, la Sala Tercera del Tribunal Constitucional Plurinacional a través de la SCP 0321/2020-S3 de 22 de julio, ingresando a analizar los problemas jurídicos planteados en la presente acción de amparo constitucional respecto a las  actuaciones del Juez ahora  accionado, debió  CONFIRMAR  en  parte la