SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0062/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0062/2020-S4

Fecha: 10-Jul-2020

conceder

En razón a ello, se tiene que la referida omisión repercutió directamente en el derecho a la salud del impetrante de tutela, poniendo en riesgo su vida, por cuanto, de acuerdo al diagnóstico de la Médico Psiquiatra tratante,          el accionante sufre de trastorno depresivo adaptativo, trastorno de somatización a “DC” y fobia inespecífica en estudio, prescribiendo en            tal sentido la continuidad de la medicación correspondiente, así como exámenes de laboratorios de control, medicación que debería necesariamente administrarse por tiempo indefinido bajo supervisión de personal de salud no pudiendo ser efectuada en el Centro de Reclusión; con dicho antecedente, ordenó al CIRECA de Caranavi la psicoterapia una vez a la semana, el test de inteligencia, sugiriendo el traslado ambulatorio con     los recaudos de custodios por tratarse de paciente privado de libertad, aclarando que debía contar con dichos resultados para la próxima revalorización en veinte días, los mismos que constituían de importancia al ser el paciente renuente y poco colaborador al tratamiento quirúrgico, especificando que ello ponía en riesgo su salud física, siendo necesario evitar cualquier riesgo vital y estabilizarlo mentalmente, previamente a programar cualquier cirugía, resaltando que resultaba imprescindible            su internación psiquiátrica antes de ser nuevamente referido para manejo quirúrgico (Conclusión II.1), recomendaciones y prescripciones que no pudieron efectivizarse precisamente por la negligencia injustificable de la autoridad demandada, conllevando el incumplimiento de su obligación de garante del derecho a la vida, derecho primigenio y del cual dependen todos los demás derechos de una persona, en su condición de funcionario público, parte componente del Estado, lo que amerita conceder la tutela solicitada.