SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0114/2020-S2
Fecha: 16-Jul-2020
Fragmento 21
Respecto a las problemáticas planteadas en los incisos i) y ii), concernientes a la notificación realizada en tablero del Juzgado Público Mixto en lo Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de La Guardia del departamento de Santa Cruz, a fin de la audiencia de medidas cautelares dispuesta para el 5 de septiembre de 2019, y, la falta de pronunciamiento en el mismo acto procesal sobre las excepciones de extinción de la acción penal por prescripción e incompetencia por razón de materia interpuestas el 19 de agosto del citado año, es preciso analizar si los supuestos actos lesivos, calificados como indebido procesamiento, se encuentran dentro los alcances de la presente acción de tutela; al efecto es oportuno examinar la concurrencia de los presupuestos establecidos en la doctrina constitucional, conforme lo expresado en el Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo constitucional disponiendo que: “…deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión…” (SC 0619/2005-R).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.2. Informe de los demandados
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- lesiones al debido proceso están llamadas a ser reparadas por los mismos órganos jurisdiccionales que conocen la causa, lo que implica que quien ha sido objeto de esa lesión, debe pedir la reparación a los jueces y tribunales ordinarios, asumiendo activamente su rol dentro del proceso
- para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos:
- III.2. La solicitud de revocatoria de la resolución de rebeldía: recurso intraprocesal idóneo e inmediato como supuesto de subsidiariedad excepcional en acción de libertad
- dentro de un proceso penal,
- pues al activar en forma simultánea la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción constitucional, para que ambas conozcan y resuelvan las irregularidades denunciadas, se crearía una disfunción procesal contraria al orden jurídico
- entendiéndose la concurrencia de subsidiariedad excepcional establecida para la acción de libertad por activación paralela con una misma pretensión en dos jurisdicciones
- reparador
- restringido
- acción de libertad correctiva
- Fragmento 21
- b)
- c)
- Fragmento 24
- d)
- detenidos, aprehendidos
- REVOCAR en parte