SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0114/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0114/2020-S2

Fecha: 16-Jul-2020

Fragmento 24

Para el caso de autos, es importante denotar que el peticionante de tutela, hizo uso de su derecho a la impugnación el día siguiente a la celebración de la audiencia de medidas cautelares y emisión del respectivo Auto Interlocutorio, conforme memorial presentado ante la autoridad jurisdiccional el 10 de septiembre de 2019 (Conclusión II.5); asimismo, activo de manera paralela la vía constitucional por medio de esta acción de defensa; en ese marco, la SCP 0316/2019-S3, desarrollada en el Fundamento Jurídico III.3 del presente fallo constitucional, señala con precisión que no es posible activar dos jurisdicciones en forma simultánea para efectuar el mismo reclamo, y que, de ocurrir tal situación, inviabiliza la acción tutelar; en razón a que, una eventual disfuncionalidad procesal es contraria al orden jurídico.