SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0122/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0122/2020-S2

Fecha: 16-Jul-2020

Fragmento 10

         Al respecto, la SCP 1005/2019-S2 de 21 de noviembre, señaló: “Compele destacar que, respecto al recurso de reposición instituido en los  arts. 401 y 402 del CPP, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Plurinacional, estableció que únicamente de ser utilizado en forma previa por el considerado como agraviado, debe esperarse su resolución antes de poder plantear la acción de libertad, al no ser viable la activación de dos vías paralelas de reclamo; es decir, una en la jurisdicción ordinaria y otra en la constitucional. Caso contrario, el recurso señalado, no puede ser considerado como un medio idóneo que ineludiblemente deba ser formulado a fin de la activación del control constitucional, mediante la acción de libertad.