Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2020-S2
Fecha: 16-Jul-2020
II.6.
II.6. Víctor Gastón Zientarski Balderrama, el 1 de julio de 2019 presentó recurso de reposición a la providencia de 28 de junio de igual año, solicitando se revoque la declaratoria de rebeldía en su contra y se dé cumplimiento al Auto Supremo (AS) 006/2019 de 18 de enero, en consideración a su edad, recibiendo como respuesta rechazo mediante decreto de 2 del mismo mes y año disponiendo estar a lo dispuesto por la providencia impugnada (fs. 24 y 23).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza y alcance de la declaratoria de rebeldía. Jurisprudencia reiterada
- art. 91 del CPP
- efectuada la presentación voluntaria del rebelde, como manda la misma norma procesal penal corresponderá dejar sin efecto las órdenes emergentes de la declaratoria de rebeldía y, por ende, el mandamiento de aprehensión dispuesto contra el procesado
- III.2. La debida fundamentación y motivación de las resoluciones y el principio de congruencia como elementos de la garantía del debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- cuando el art. 91 del CPP