Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2020-S2
Fecha: 16-Jul-2020
II.1.
II.1. Cursa imputación formal presentada el 13 de septiembre de 2019 a plataforma del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por la cual se atribuye la comisión de los delitos de destrucción o deterioro de bienes del Estado y la riqueza nacional, lesiones graves y leves, allanamiento de domicilio o sus dependencias, robo agravado, asociación delictuosa y fabricación comercio o tenencia de sustancias explosivas o asfixiantes contra José Luis Chipana Mamani -ahora accionante- y otros, solicitándose la detención preventiva (fs. 1 a 5).
- acción de libertad
- encontradnos en fecha 13 de septiembre de la gestión 2019 se va volver a convocar una audiencia para tomar en cuenta la situación jurídica y procesal de los imputados el 13 de marzo de 2020, quedando las partes legalmente notificadas con esta disposición
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- que el titular del Juzgado Público Mixto Civil y Comercial, de Familia Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal 1° de la Asunta en suplencia legal del Juzgado Público de Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal 1°. de Chulumani
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1.
- Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que; por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma
- III.2. Análisis del caso concreto
- está obligado a plantear recurso de apelación incidental contra la resolución que dispone, modifica o rechaza la aplicación de una medida cautelar dispuesta en su contra
- REVOCAR