SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0152/2020-S2
Fecha: 16-Jul-2020
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante a través de su abogado, reiteró el contenido de la acción de amparo constitucional presentada y ampliándola refirió que; fue cesado de sus funciones sin ningún tipo de comunicación escrita sino simplemente de manera verbal le manifestaron que ya no era parte del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro; ilegalidad y arbitrariedad que hizo conocer a esta Sala Constitucional, correspondiendo aplicar la excepcionalidad al principio de subsidiariedad conforme lo sostuvo la “…Sentencia 592/2018-S1…” (sic), sobre los asuntos de reincorporación laboral, con el único requisito previo de recurrir ante la jefatura departamental de trabajo; por lo que, en el caso presente no es necesario considerar este principio.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2
- II.3
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Protección constitucional a la orden de reincorporación laboral, dispuesta por las Jefaturas Departamentales de Trabajo
- 1)
- 2)
- 3)
- III.2. Respecto al cumplimiento obligatorio de la Conminatoria de Reincorporación Laboral
- Razonamiento constitucional, que en ningún momento establece que el cumplimiento deba ser únicamente de una parte u otra de la conminatoria, sino más bien se entiende, que debe ser de la totalidad de la misma
- a partir de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, cuando se disponga el cumplimiento de una conminatoria, por parte de la jurisdicción constitucional, la misma debe ser entendida en el sentido que debe cumplirse la totalidad y no en una parte u otra, en observancia del parágrafo IV del art. 10 del DS 28699 de 1 de mayo de 2006, incorporado por el DS 0495, que dice:
- III.3. Análisis del caso concreto
- salarios mínimos generales
- CONFIRMAR