SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0163/2020-S1
Fecha: 27-Jul-2020
II.1
II.1. Dentro de la demanda de reintegro de beneficios sociales planteada por Mesías Mesac Zabala Palma -ahora tercero interesado- contra el Banco Unión S.A., -ahora Banco accionante- el Juez de la causa dictó la Sentencia 95/2018, declarando probada en parte la demanda, y disponiendo que el Banco Unión S.A., peticionante de tutela pague las horas extraordinarias a favor del demandante Mesias Mesac Zabala Palma, en un monto de Bs64 190,44. Por Auto de Vista 26/2019, la Sala del Trabajo y Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, compuesta por Emiliano Carlos Sandoval Castellón y Grover Pazzis Vega Méndez -ahora Vocales demandados- confirmaron la indicada Sentencia (fs. 23 a 27 vta. y 30 a 32 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- autoridades judiciales
- principio de subsidiariedad
- III.2. Análisis del caso concreto
- en forma anterior a la admisión de la presente acción tutelar
- CONFIRMAR