SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0164/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0164/2020-S2

Fecha: 21-Jul-2020

a)

Solicitó se conceda la tutela, ordenando que la Jueza demandada: a) Se aparte del conocimiento del proceso penal seguido en su contra y lo remita al juez competente; b) Deje sin efecto cualquier señalamiento de audiencia de medidas cautelares de carácter personal, tomando en cuenta que se encuentra detenido y que no se puede agravar su situación personal más allá de los límites legales establecidos; y, c) Se remitan antecedentes al Ministerio Público y al Consejo de la Magistratura por “…haberse cometido delitos y faltas disciplinarias” (sic).

para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad” (el resaltado es propio).