SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0164/2020-S2
Fecha: 21-Jul-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante, denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad y al debido proceso; indicando que, dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de incumplimiento de deberes, la Jueza de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia las Mujeres Segunda de El Alto del departamento de La Paz -demandada-, no se apartó del conocimiento de la causa y continuó ejecutando actos procesales como la fijación de audiencia para la consideración de medidas cautelares solicitada por el Ministerio Público; no obstante que, los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia del departamento citado, a través del Auto de Vista 45/2019 de 13 de septiembre, aceptaron la recusación planteada contra la prenombrada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- i)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1) Que los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; y, 2) Debe existir absoluto estado de indefensión
- se tiene que si bien este se encuentra detenido preventivamente en la Carceleta de Patacamaya del departamento de La Paz
- REVOCAR en parte