SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0173/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0173/2020-S4

Fecha: 21-Jul-2020

III.

El art. 119.I de la CPE, establece que: “Las partes en conflicto gozarán de igualdad de oportunidades para ejercer durante el proceso las facultades y los derechos que les asistan, sea por la vía ordinaria o por la indígena originaria campesina”, disposición que establece un derecho exigible para los sujetos procesales; asimismo, se tiene que los arts. 178.I y 180.I de la CPE, establecen que la administración de justicia se fundamenta en principios procesales entre los cuales se encuentra el de igualdad de partes ante el juez.