Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0185/2020-S1
Fecha: 28-Jul-2020
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En audiencia de apelación incidental, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, mediante Auto de Vista de 10 de septiembre de 2019, concedió a su favor medidas sustitutiva a la detención preventiva consistente en detención domiciliaria con custodio, entre otras, a partir de ello, realizó la respectiva notificación al Comando Departamental de la Policía Boliviana y al Director del Centro Penitenciario San Pedro, ambos del departamento de Oruro; sin embargo, las autoridades demandadas no designaron el respectivo custodio policial, generándole una privación indebida de su libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- i)
- concedió en parte
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad innovativa
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y la celeridad para dar cumplimiento a la orden de detención domiciliaria
- celeridad procesal vinculada a la libertad física o personal
- III.3. La demora en la efectivización de la detención domiciliaria dispuesta por la autoridad jurisdiccional vulnera el derecho a la libertad
- lo hacen en intensidades distintas
- En ese sentido, la demora en sustituir la medida cautelar de detención preventiva por la domiciliaria, dispuesta por la autoridad judicial, vulnera el derecho a la libertad.
- Fragmento 22
- III.4. Análisis del caso concreto
- disponga lo que corresponda para su cumplimiento
- CONFIRMAR
- 3° Exhortar
- ,
- b)
- c)