SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0185/2020-S1
Fecha: 28-Jul-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de su derecho a la libertad y al debido proceso; toda vez que, el Comandante Departamental de Oruro de la Policía Boliviana, demoró en la asignación de custodio policial para su detención domiciliaria, pese a que la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, el 23 de septiembre de 2019, notificó con el Auto de Vista del 10 de igual mes y año. Asimismo, denuncia que dicha dilación, también es atribuible al Director del Centro Penitenciario San Pedro del departamento de Oruro; dado que, el Comandante Departamental de la Policía Boliviana de dicho departamento solicitó la designación de custodios policiales, a lo que no dio curso. Al efecto, pide se otorgue la tutela impetrada y se disponga en el acto la designación de un custodio policial a efecto de materializar su derecho a la libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- i)
- concedió en parte
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad innovativa
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y la celeridad para dar cumplimiento a la orden de detención domiciliaria
- celeridad procesal vinculada a la libertad física o personal
- III.3. La demora en la efectivización de la detención domiciliaria dispuesta por la autoridad jurisdiccional vulnera el derecho a la libertad
- lo hacen en intensidades distintas
- En ese sentido, la demora en sustituir la medida cautelar de detención preventiva por la domiciliaria, dispuesta por la autoridad judicial, vulnera el derecho a la libertad.
- Fragmento 22
- III.4. Análisis del caso concreto
- disponga lo que corresponda para su cumplimiento
- CONFIRMAR
- 3° Exhortar
- ,
- b)
- c)