SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0193/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0193/2020-S4

Fecha: 23-Jul-2020

III.3.1. Otras consideraciones

Es preciso aclarar que, si bien en este caso el Juzgado de Instrucción Penal Séptimo del departamento de La Paz, quien tiene a su cargo el control jurisdiccional del proceso seguido contra el ahora impetrante de tutela, autoridad encargada de conocer y en su caso homologar si corresponde el traslado administrativo del accionante; no obstante, para ello, el Director ahora demandado en cumplimiento de lo preceptuado por el art. 48 de la LEPS modificado por el art. 4 de la Ley 007, tiene la obligación de remitir su Resolución Administrativa acompañada de un informe fundamentado que explique las razones principales de su decisión, ello a objeto de garantizar los derechos de los privados de libertad.