Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0206/2020-S2
Fecha: 24-Jul-2020
II.4.
II.4. Por escrito presentado el 18 de octubre de 2019, conforme se tiene del Sistema Integrado de Registro Judicial (SIREJ), José Centenaro Cardozo, Fiscal de Materia, en atención al Oficio “761/19”, informó a los Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Séptimo de la Capital del departamento de Santa Cruz, que en relación a lo solicitado, se encuentra reflejado dentro del cuaderno de investigación, mismo que está a disposición de las partes (fs. 12).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- III.2. El principio de celeridad procesal que rige la tramitación de la solicitud de cesación de la detención preventiva.
- el tratamiento que debe darse a las solicitudes en la que se encuentre de por medio el derecho a la libertad, entre ellas, la cesación de la detención preventiva, debe tener un trámite acelerado y oportuno, pues de no hacerlo podría provocarse una restricción indebida de este derecho
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR