Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0206/2020-S2
Fecha: 24-Jul-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de sus representantes, denuncia la lesión de sus derechos a la defensa en su vertiente a ser oído y al debido proceso; así como al principio de celeridad vinculado a la libertad; toda vez que, el Fiscal de Materia y el Fiscal Departamental de Santa Cruz -codemandados-, omitieron dar respuesta a los oficios de solicitud y posteriores conminatorias a las mismas, realizadas por la autoridad jurisdiccional; documentación necesaria a objeto de ser presentada en audiencia de cesación de la detención preventiva y con ello desvirtuar los riesgos procesales.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- III.2. El principio de celeridad procesal que rige la tramitación de la solicitud de cesación de la detención preventiva.
- el tratamiento que debe darse a las solicitudes en la que se encuentre de por medio el derecho a la libertad, entre ellas, la cesación de la detención preventiva, debe tener un trámite acelerado y oportuno, pues de no hacerlo podría provocarse una restricción indebida de este derecho
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR