Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0213/2020-S1
Fecha: 30-Jul-2020
2°
2° Disponer que los Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Séptimo de la Capital del departamento de Santa Cruz, en el día de notificada con esta Sentencia Constitucional Plurinacional, emitan pronunciamiento respecto a la solicitud efectuada por los accionantes mediante memorial de 3 de octubre de 2019, conforme al Fundamento Jurídico III.3 del presente fallo constitucional, si acaso no se hubieran ya pronunciado al respecto en la audiencia de aplicación de medidas cautelares.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- “rechazar”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- que busca, persigue u hostiga a una persona sin que exista motivo legal alguno y una orden expresa de captura emitida por autoridad competente
- III.2.
- i)
- III.3.
- Cuando el rebelde comparezca o sea puesto a disposición de la autoridad que lo requiera, el proceso continuará su trámite dejándose sin efecto las órdenes dispuestas a efectos de su comparecencia y manteniendo las medidas cautelares de carácter real
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- 2°
- eficaces y oportunos
- debe señalarse que es posible la presentación directa de la acción de libertad, prescindiendo de la subsidiariedad excepcional,