Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0213/2020-S1
Fecha: 30-Jul-2020
II.1.
II.1. Cursa acta de audiencia de juicio oral de 6 de junio de 2019, llevada a cabo por el Tribunal de Sentencia Penal Séptimo de la Capital del departamento de Santa Cruz, en la que ante la incomparecencia de los acusados Aly Marcelo Limón Camacho, Akira Kenji Melcheadis Limón Farel -ahora solicitantes de tutela-, pese a su legal notificación, a solicitud de la parte acusadora que argumentó que son varias las audiencias a las que no se presentan, se dictó el Auto de la misma fecha disponiendo declarar su rebeldía, que se libren los mandamientos respectivos y se les designó defensores de oficio (fs. 11 a 13).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- “rechazar”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- que busca, persigue u hostiga a una persona sin que exista motivo legal alguno y una orden expresa de captura emitida por autoridad competente
- III.2.
- i)
- III.3.
- Cuando el rebelde comparezca o sea puesto a disposición de la autoridad que lo requiera, el proceso continuará su trámite dejándose sin efecto las órdenes dispuestas a efectos de su comparecencia y manteniendo las medidas cautelares de carácter real
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- 2°
- eficaces y oportunos
- debe señalarse que es posible la presentación directa de la acción de libertad, prescindiendo de la subsidiariedad excepcional,