SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0218/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0218/2020-S2

Fecha: 24-Jul-2020

a)

La accionante, a través de sus abogados, ratificó los argumentos contenidos en la demanda tutelar y la amplió indicando que: a) Mediante boletas de pago y extracto de aportes a la Administradora de Fondo de Pensiones (AFP) adjuntados, se puede constatar la relación laboral entre la empresa Salteñas Potosinas y la hoy impetrante de tutela; de igual manera, se acredita su condición de madre gestante mediante ecografía obstétrica de 25 de febrero de 2019, certificado de atención prenatal de 25 de abril de ese año e informe médico de 31 de julio del mismo año; b) Sindy Saavedra Menacho ejercía sus funciones con esmero, dedicación y eficacia en todos los puestos en los que se la asignó, pese a que la parte demandada no habría respetado el derecho a la inamovilidad laboral que le asistía debido a su estado, al haberla rotado de la sucursal de la avenida Piraí, a la de la avenida Cotoca y posteriormente a la avenida Beni; c) A la demandante de tutela le asiste el derecho a la inamovilidad laboral en mérito a la Resolución Ministerial (RM) 107/10 de 23 de febrero de 2010; y, d) Actualmente está con ocho meses de gestación y le han retirado su seguro de salud, por lo que solicita vuelvan a afiliarla a un seguro de salud.