SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0238/2020- S2
Fecha: 29-Jul-2020
acción de libertad
En revisión la Resolución 52/2019 de 18 de octubre, cursante de fs. 44 a 46 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Jerjes Enrique Justiniano Atalá, Roger Martínez Becerra, Saúl Lijerón Banegas, Carlos Hugo Vaca Egüez, Samuel Durán Severiche y Jesús Fernando Vaca Bonilla en representación sin mandato de Miguel Ángel Villarroel, Juan Martin Delgado Ferrante, Camila Alejandra Rivero Leaño, Nils Jafet Vásquez Arce, Julio Cesar Rivera Padilla, Marioly Grájeda Robles, Pedro Sebastián Quezada Ribera, Alexei Grimaldos Justiniano, Ernesto Vaca Vilasboas, Rodrigo Urenda Limpias y Josué Fernando Méndez Méndez contra Patricia Aydee Murillo Flores Jueza de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primera de la Capital del departamento de Santa Cruz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido. Jurisprudencia reiterada
- Con relación al procesamiento indebido, la jurisprudencia constitucional fue uniforme al señalar que la vía idónea para su impugnación es la acción de amparo constitucional; sin embargo, cuando se demuestre que esas vulneraciones afectaron directamente al derecho a la libertad física o libertad de locomoción del accionante, dicha protección se verá materializada a través de la acción de libertad, en aquellos casos en los cuales, el procesamiento indebido constituya la causa directa que originó la restricción o supresión de los antes citados derechos previo cumplimiento de la subsidiariedad excepcional que rige a este tipo de acciones.
- el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- acto lesivo denunciado, debe estar vinculado con la libertad por operar como causa directa para su destrucción o supresión, descrito en el Fundamento Jurídico III.1, que antecede.
- REVOCAR
- 2° Disponer