SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0265/2020-s3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0265/2020-s3

Fecha: 14-Jul-2020

III.3. Otras consideraciones

Este Tribunal, no puede dejar de pronunciarse respecto a la forma de resolución de esta acción tutelar, ya que de la revisión de la Resolución 43/2018, dictada por el Tribunal de Sentencia Penal Octavo de la Capital del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, se tiene que al estar conformado dicho órgano colegiado por tres Jueces Técnicos, no correspondía que los mismos emitan un voto individualizado respecto a la problemática planteada tal como incorrectamente obraron, sino que, debieron pronunciar una única Resolución cumpliendo los parámetros del debido proceso previstos por el art. 37 del Código Procesal Constitucional (CPCo), salvando la disidencia de uno de sus miembros; sin embargo, al ser dicha situación estrictamente procesal y no incidir en el presente caso porque la unificación de votos concluyó en la existencia de la referida Resolución venida en revisión, dicha situación no genera un efecto procesal en el caso en análisis, lo que no impide exhortar al referido Tribunal de garantías, a actuar en estricta observancia de las disposiciones vigentes relativas al trámite y procedimiento constitucional.