SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0300/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0300/2020-S4

Fecha: 27-Jul-2020

Fragmento 17

En ese sentido, la prohibición de emisión de tales decretos, por parte de la autoridad jurisdiccional del proceso, se aplica para que ésta no demore la emisión de resoluciones ordenando vía decreto de sustanciación, informe sobre aspectos contenidos en el expediente, entendiendo que como autoridad jurisdiccional y teniendo a su cargo la dirección del proceso, tales datos son de su conocimiento; en ese sentido los informes resultan innecesarios, y por ello, indebidos. Así, una actuación contraria constituiría un acto dilatorio a todas luces proscrito por la norma contenida en el art. 128 de la LOJ.