SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0305/2020-S4
Fecha: 27-Jul-2020
II.2.
II.2. Por nota dirigida a la Jefatura Departamental del Trabajo de Santa Cruz, presentada el 29 de marzo de 2019, el Directorio del Sindicato de Trabajadores del Diario “El DEBER S.A.”, denunció que el 25 de febrero del mismo año, al menos treinta trabajadores de este diario, fueron obligados a firmar una supuesta renuncia voluntaria, siendo en realidad un despido intempestivo, mediante coacción y engaños. Por tal motivo, solicitaron su reincorporación al trabajo más el pago de sus sueldos devengados a favor del Laura Mariela Egüez Aguirre y Mircko Isaac Higueras Salinas (actual accionante), sosteniendo que los mismos procedieron a la devolución de los finiquitos que engañosamente fueron depositados en sus cuentas por parte de la precitada empresa (fs. 3 a 4).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.
- III.1. Sobre los principios de estabilidad y continuidad laboral, inmanentes al derecho al trabajo y al empleo
- III.2. La aplicación del estándar más alto de protección y la obligatoriedad de cumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Otras consideraciones
- en cumplimiento del DS 0495, el trabajador tiene el derecho de acudir a la jurisdicción constitucional para obtener la tutela de su derecho al trabajo y la estabilidad laboral, antes de acudir a la jurisdicción ordinaria y antes de que concluya el procedimiento administrativo, circunstancia que se acomoda a los supuestos fácticos del presente caso
- REVOCAR