SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0338/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0338/2020-S3

Fecha: 16-Jul-2020

Fragmento 18

Posteriormente, el 15 de septiembre de 2017 el Fiscal de Materia, formuló ante el referido Juez la imputación formal y solicitud de medidas cautelares en contra de los accionantes (Conclusión II.1.). Consiguientemente, por memorial presentado el 18 de enero de 2018, los miembros del Consejo de Autoridades Originarias del ayllu Añilaya, provincia Larecaja del departamento de La Paz solicitaron al Juez Público Civil y Comercial e Instrucción Penal Primero de Sorata del mismo departamento la declinatoria de competencia ante la JIOC, petición que fue rechazada a través de la Resolución 17/2018 de 19 de abril, dictada por la Jueza Pública Mixta Civil y Comercial de Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primera de Guanay del señalado departamento en suplencia legal del su similar antes mencionado, (Conclusión II.2.). Así, por AC 0179/2018-CA, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, admitió del conflicto de competencias jurisdiccionales suscitado por “la Jueza Pública Civil y Comercial e Instrucción Penal Primera de Sorata” del departamento de La Paz y los miembros del Consejo de Autoridades Originarias del ayllu Añilaya, provincia Larecaja del citado departamento, y suspendió la tramitación del proceso hasta que se dicte la respectiva sentencia (Conclusión II.3.).