Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0368/2020-S3
Fecha: 24-Jul-2020
Fragmento 13
Por otra parte, se tiene mandamiento de condena de 8 de julio de 2019, emitido por la Jueza de Instrucción Penal Segunda de El Alto del departamento de La Paz contra el accionante, en cumplimiento de la Sentencia 301/19, la cual le impuso la pena de diez años de privación de libertad por el delito de trata de personas (Conclusión II.4.). Asimismo, el 12 del citado mes y año, la Jueza ahora accionada libró otro mandamiento de condena contra el accionante, dando cumplimiento a la Sentencia 301/19, disponiendo que deberá cumplir su pena en el Recinto Penitenciario de San Pedro de La Paz (Conclusión II.7.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- denegó
- a)
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Respecto al primer presupuesto
- Con relación al segundo presupuesto
- CONFIRMAR