Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0298/2020-S1
Fecha: 11-Ago-2020
II.6.
II.6. La entidad fiscalizadora emitió el proveído 241840000385 de 10 de diciembre de 2018, rechazando el incidente de nulidad planteado, con el fundamento que el contribuyente dentro del plazo legal no interpuso recurso alguno contra la Resolución Determinativa 17-00052-14, pese a que fue notificado personalmente (fs. 500 a 501).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1.
- Fragmento 14
- arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: a) Sin motivación, cuando la resolución no da razones que la sustenten; b) Con motivación arbitraria, cuando se basa en fundamentos y consideraciones meramente retóricas o deviene de la valoración arbitraria, irrazonable de la prueba, o en su caso, de la omisión en la valoración de la prueba aportada en el proceso; c) Con motivación insuficiente, cuando no se da razones de la omisión de pronunciamiento sobre los planteamientos de las partes; y, d) Por la falta de coherencia del fallo, se da: d.1) En su dimensión interna, cuando no existe relación entre las premisas -normativa y fáctica- y la conclusión -por tanto-
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- III.2.
- Principio de informalismo
- III.4.
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)