Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0421/2020-S3
Fecha: 10-Ago-2020
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 4 de 29 de noviembre de 2019, cursante de fs. 106 vta. a 110, pronunciada por la Jueza de Sentencia Penal Decimotercera de la Capital del departamento de Santa Cruz; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela impetrada, conforme los fundamentos precedentemente expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, con la aclaración que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- PROCEDENTE EL RECURSO
- 1)
- I.2.2. Informe de los accionados
- i)
- denegó
- II.1.
- II.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y alcance de su tutela.
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- las propias normas constitucionales y legales configuran procesalmente a la acción de libertad como un medio para la defensa del derecho a la vida
- Fragmento 14
- III.3.
- QUE MIS DIAS ESTABAN CONTADOS
- TE VOY A DENUNCIAR TUS DIAS ESTAN CONTADOS A PARTIR DE HOY
- CONFIRMAR