SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0245/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0245/2020-S1

Fecha: 04-Ago-2020

ii)

ii)   No es preciso tener conocimiento en materia médica para saber o reconocer mínimamente ciertas enfermedades o dolencias son de carácter terminal; asimismo, solo con revisar el internet se puede evidenciar que la pielonefritis es una enfermedad recurrente, que nos permite concluir que una persona está en un cuadro de riesgo, debido a las infecciones urinarias reiterativas que pese a la medicación “está” funcionando y tiene comprometidos los dos riñones, de ahí que se atenta contra su integridad y la seguridad de la asistencia médica;

La referida Convención, sobre la base de los principios[12] de promoción y defensa de los derechos humanos; dignidad; igualdad y no discriminación; bienestar y cuidado; solidaridad, buen trato y atención preferencial; y, enfoque diferencial para el goce efectivo de los derechos de la persona mayor, en sus arts. 4, dispone: